Lesiones marítimas

Trabajar en la industria marítima puede ser peligroso. Cuando los trabajadores se lesionan, necesitan un despacho de abogados con experiencia en lesiones marítimas que les ayude a navegar por el sistema jurídico y a obtener los recursos financieros necesarios para rehacer sus vidas tras una lesión devastadora. Nosotros podemos ayudar.

Somos un despacho de abogados cimentando y muy respetado de la región de Puget Sound con sede en Seattle, Washington. Durante más de 45 años, hemos venido realizando una gestión exitosa ayudando a trabajadores lesionados. Nuestro equipo está comprometido a ayudar a la comunidad hispanoparlante. Nosotros fundamos y administramos la clínica legal en El Centro de La Raza que ofrece servicios gratuitos y bilingües. En SGB no necesitará intérpretes: contamos con abogados y personal que hablan español y pueden ayudarle.

Los empleadores marítimos contratan a personas de distintos países: México, Guatemala, Honduras y muchos otros países de América Latina. Si usted se lesiona en su trabajo marítimo, tiene derecho y acceso pleno a las leyes marítimas que le proporcionan protección y socorro, sea cual sea su estado de inmigración. En SGB, no somos abogados de inmigración ni practicamos derecho especializado en leyes de inmigración. Pero representamos a trabajadores lesionados, sin importar si tienen documentos legales o no. Nuestro objetivo es obtener compensación para nuestros clientes, independientemente de su estado de inmigración.

Representamos a tripulantes lesionados de todo tipo de embarcaciones.

  • Arrastreros
  • Barcazas
  • Barcos contenedores y de carga
  • Barcos de cangrejo
  • Barcos fábrica procesadores
  • Cruceros
  • Embarcaciones de pesca
  • Palangreros
  • Remolcadores

Otras posibles fuentes de lesiones marítimas.

  • Accidentes de grúas
  • Accidentes de procesamiento
  • Ahogamiento
  • Asaltos
  • Capacitación/medidas de seguridad inadecuadas
  • Colisiones
  • Explosiones
  • Hipotermia
  • Lesiones en cruceros
  • Resbalones y caídas

Si usted se lesiona mientras presta servicio en su embarcación, puede tener los siguientes derechos.

Recursos de la ley general marítima: bajo las leyes marítimas, los marinos lesionados tienen derecho a pago de mantenimiento, salarios no devengados y tratamiento médico, resultantes de una lesión o enfermedad que se produzca durante su trabajo en la embarcación.

  • Mantenimiento es un subsidio diario para gastos de alojamiento y comida mientras recibe tratamiento médico curativo para su lesión o enfermedad. La cantidad de estos pagos puede ser estipulada por su contrato de trabajo con la empresa pesquera o puede basarse en sus gastos reales de alojamiento y comida. Un abogado experto en leyes marítimas puede aumentar su tasa de mantenimiento si la tasa establecida en su contrato de empleo no cubre totalmente sus gastos de alojamiento y comida.
  • Salarios no devengados son los salarios que usted hubiera ganado si hubiera permanecido en la embarcación hasta el final de su contrato de pesca, incluyendo cualquier bonificación o pago por horas extras que hubiera ganado.
  • Tratamiento médico cubre los gastos del tratamiento médico necesario o eficaz para mejorar su afección médica. Estos pueden incluir los costos de cirugía, terapia física, equipos, gastos de viaje y otros gastos relacionados con su atención médica.

¿Qué daños y perjuicios están disponibles en virtud de la ley Jones?

En virtud de la ley Jones y de la ley general marítima de innavegabilidad, usted tendrá derecho a recuperar beneficios adicionales si su lesión fue causada por una condición insegura, equipo defectuoso o negligencia de propietarios, oficiales, o tripulantes. Estos beneficios pueden incluir:

  • costo de atención médica en el futuro o equipos para sus lesiones;
  • daños y perjuicios por deformaciones;
  • daños y perjuicios por dolor pasado y futuro, discapacidad y pérdida de disfrute de la vida;
  • pérdida de disfrute de la vida causada por sus lesiones;
  • pérdida de la capacidad de producir ingresos;
  • pérdida económica;
  • pérdidas salariales pasadas y futuras;
  • posiblemente gastos de readiestramiento en caso de que su lesión le haya evitado poder regresar a su trabajo en el mar.

Nos ocupamos de casos relacionados con la doctrina de innavegabilidad, beneficios de la ley Jones y muerte por negligencia marítima.

No le cobramos a menos que logremos una restitución a su favor.
Aceptamos casos en base a honorarios sujetos al pacto de cuota litis, lo que significa que nuestro despacho sólo recibe pago por nuestro trabajo si podemos lograr una restitución financiera a su favor. El despacho ofrece una consulta inicial gratuita para evaluar su caso y ayudarle a determinar cómo desea proceder. Si usted no puede reunirse con nosotros en nuestras oficinas, podemos reunirnos con usted fuera de la oficina para hablar sobre su importante reclamación. Póngase en contacto con nosotros para hablar con un abogado experto en derecho marítimo para que le haga una evaluación gratuita de su caso.

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